La manifestación de la administración en el sentido de que procederá a corregir internamente las irregularidades detectadas por el revisor fiscal no lo exonera de su deber de informar oportunamente dichas situaciones a los órganos sociales competentes. No obstante, la comunicación o puesta en conocimiento a autoridades externas dependerá de la naturaleza de la irregularidad y de las disposiciones legales aplicables en cada caso, por lo que no existe una obligación general de informar todas las irregularidades detectadas ante autoridades.
