El 3 de mayo de 2016, la demandante presentó la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2015, liquidando impuesto a pagar. Posteriormente, el 26 de julio de 2016, la demandante presentó la declaración informativa individual de precios de transferencia correspondiente al año 2015, así como la documentación comprobatoria, las cuales fueron corregidas el 20 y el 27 de octubre de 2017, respectivamente. Previo requerimiento especial y su respuesta, el 22 de noviembre de 2018 la DIAN profirió la liquidación oficial de revisión 322412018000373, adicionando ingresos brutos operacionales, incrementando el impuesto a pagar e imponiendo sanción de inexactitud. La liquidación oficial fue confirmada mediante la resolución 992232019000171 del 8 de noviembre de 2019.
