Mediante la Liquidación Oficial de Revisión 112412018000020, del 26 de marzo de 2018 (ff. 155 a 191 caa1), la demandada modificó la autoliquidación del IVA (impuesto sobre las ventas) del primer bimestre del año 2014 efectuada por la actora mediante corrección voluntaria a la declaración del tributo (f. 6 caa). En concreto, adicionó ingresos por operaciones gravadas y el impuesto generado a la tarifa general, y sancionó por inexactitud. Decisión que fue confirmada por la Resolución 002177, del 26 de marzo de 2019 (ff. 461 a 473 caa).
