Es recomendable que la copropiedad consulte con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, ya que la legalidad del acuerdo con la empresa de vigilancia podría
impactar el análisis de la transacción y su adecuado tratamiento contable. Esto garantizará que el registro se ajuste a la normatividad aplicable y a la sustancia
económica del contrato celebrado.
