Los marcos técnicos normativos incorporados en el Decreto Único Reglamentario – DUR 2420 de 2015 establecen que los estados financieros deben prepararse utilizando la base contable de acumulación o devengo. En consecuencia, los hechos económicos deben reconocerse en el momento en que satisfagan las definiciones y criterios de reconocimiento previstos en el marco técnico aplicable, independientemente del momento de su pago o recaudo. Los aspectos relacionados con el nacimiento jurídico de derechos y obligaciones derivados de acuerdos entre particulares corresponden al ámbito legal y contractual y exceden la competencia del CTCP. En términos generales, el sistema tradicionalmente denominado “causación” guarda correspondencia conceptual con la base contable de acumulación o devengo incorporada en los marcos técnicos normativos vigentes.
