Concepto – DIAN 000406 int 0061 DE 2026 – Cuando es exigible la firma del revisor fiscal en la declaración de renta

Al respecto, el literal d) del artículo 580 del Estatuto Tributario dispone que una declaración tributaria se tendrá por no presentada cuando “se omita la firma del contador público o revisor fiscal existiendo la obligación legal para ello”. En consecuencia, la exigibilidad de la firma del
revisor fiscal no es automática, sino que se encuentra condicionada a la existencia previa de la obligación legal de tener revisor fiscal, obligación que debe determinarse conforme a las reglas especiales previstas en la ley.