Concepto – CTCP 2025-0171 – Responsabilidades en estados financieros en PH

Los estados financieros deben ser elaborados y firmados por contadores públicos con
tarjeta profesional vigente, aprobados por la asamblea general para tener efectos legales y ser válidos, conforme a lo dispuesto en la Ley 43 de 1990. La administración no está facultada para emitir estados financieros diferentes a los aprobados por dicho órgano. Por su parte, el revisor fiscal debe actuar con la debida diligencia, independencia y con sujeción a la normatividad vigente, velando porque los estados financieros se presenten y aprueben conforme a los procedimientos legales establecidos.