Concepto – CTCP 2025-0174 – Reconocimiento de ingresos bajo NIIF.

El reconocimiento de ingresos por parte de una entidad debe basarse en el criterio de
transferencia significativa de riesgos y ventajas, y no en el momento del pago o de la
facturación. En consecuencia, el ingreso se reconoce cuando el cliente recibe el bien,
siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el párrafo 23.10 de la NIIF para
las PYMES. Los pagos anticipados deben registrarse como pasivos hasta tanto se
devengue el ingreso correspondiente.