Concepto – MINHACIENDA – Retención ene la fuente a pagos electrónico preocupa a varios sectores de la economía. INCP

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en
Materia Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el sector y contar con instrumentos jurídicos únicos. Que el inciso 1 y parágrafo 2 del artículo 365 del Estatuto Tributario prevén la facultad del Gobierno nacional para establecer retenciones en la fuente y autorretenciones del impuesto sobre la renta y complementarios así: “El Gobierno Nacional podrá establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y sus complementarios, y determinará los porcentajes tomando en cuenta la cuantía de los pagos o abonos y las tarifas del impuesto vigentes, así como los cambios legislativos que tengan incidencia en dichas tarifas, las cuales serán tenidas como buena cuenta o anticipo.