Me refiero a su comunicación radicada con el número de la referencia, mediante la cual, en ejercicio del derecho de petición en la modalidad de consulta, pregunta lo siguiente:
“¿Las acciones preferenciales sin derecho a voto, dentro de una sociedad con participación del estado, en cabeza del ente público, hacen parte del porcentaje para determinar si su naturaleza es de empresa de economía mixta o privada, de acuerdo con las disposiciones del artículo 14 de la Ley142 de 1994?
