Me refiero a su escrito radicado en esta entidad como se menciona en la referencia
mediante el cual solicita que se emita un concepto relacionado con el tema del asunto.
Previo a atender lo propio, debe señalarse que, en atención al derecho de petición en
la modalidad de consulta, la Superintendencia de Sociedades con fundamento en los
artículos 14 y 28 de la Ley 1437 de 2011, emite conceptos de carácter general y
abstracto sobre las materias a su cargo, de manera que sus respuestas a las consultas
no son vinculantes ni comprometen la responsabilidad de la entidad.
