Me refiero a su escrito radicado en esta entidad como se menciona en la referencia mediante el cual, refiriéndose al oficio expedido por esta oficina, 220-090981 de 2021, por medio del cual se menciona que la Superintendencia de Sociedades ejerce vigilancia subjetiva sobre las compañías operadoras de libranza, así como
sobre las operaciones de compraventa y administración de cartera con libranza, formula dos inquietudes relacionadas con la vigilancia objetiva sobre dichas sociedades y actividades.
