Concepto – SUPERSOCIEDADES 220-240006 del 15 de Diciembre de 2021 – Las sociedades de hecho no esta bajo la supervision de la superintendencia de sociedades

Sobre el particular, me permito manifestarle que en atención al derecho de petición en
la modalidad de consulta, la Superintendencia de Sociedades con fundamento en los
artículos 14 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo, el artículo 11, numeral 2 del Decreto 1736 de 2020 y el artículo 2 (2.3)
de la Resolución 100-000041 del 2021), emite un concepto de carácter general y
abstracto sobre las materias a su cargo, que no se dirige a resolver situaciones de
orden particular ni constituye asesoría encaminada a solucionar controversias, o
determinar consecuencias jurídicas derivadas de actos o decisiones de los órganos de
una sociedad determinada.