DIAN – Radicado virtual N.º 1002025S004560 – Impuesto de timbre.

Esta Subdirección está facultada para resolver las consultas escritas, presentadas de
manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 2019.