Sobre el particular, la entidad en pronunciamiento oficial3 ha tratado los aspectos relacionados en su escrito, sobre la no procedencia del cobro coactivo de los valores declarados y no pagados por concepto de autorretenciones, en aquellos casos en los que el autorretenedor ha cumplido con la declaración y el pago del impuesto sobre la renta y complementario y que en lo pertinente son válidos en el presente escrito.
