La normativa vigente exige que los estados financieros certificados y dictaminados se encuentren suscritos por los responsables previstos en la ley. La interpretación sistemática de las normas permite concluir que el uso de firmas mecánicas, escaneadas o incorporadas electrónicamente en los estados financieros no se encuentra prohibido de manera expresa por la normatividad vigente. No obstante, la eficacia y validez de dichas firmas deberán evaluarse atendiendo criterios de autenticidad, integridad, confiabilidad y posibilidad de atribución al firmante. La ubicación o disposición gráfica de las firmas dentro del documento, por sí sola, no constituye causal de invalidez de los estados financieros
