Concepto – CONSEJO DE ESTADO (30734) – ¿El límite del 40 % para el IBC aplica a pagos no remunerativos

Obligaciones de la UGPP expidió la Liquidación Oficial RDO-2016-002652 por mora e inexactitud en las autoliquidaciones y pagos a los Subsistemas de la Protección Social en salud, pensión, ARL, régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF por los periodos comprendidos de enero a diciembre de 2013, por la suma de $198.891.700 e impuso sanción por inexactitud por $119.268.060. El 22 de junio de 20163, la demandante interpuso recurso de reconsideración contra la liquidación oficial, decidido mediante la Resolución RDC-2017-00074 de 23 de marzo de 20174, por la Dirección de Parafiscales de la UGPP, en el sentido de modificar el acto recurrido, para disminuir la suma de aportes liquidada y fijarla en $103.199.700 y reducir la sanción por inexactitud impuesta a la sociedad, fijándola en $61.860.180. Lo anterior, con fundamento en la aceptación de la existencia de acuerdos de exclusión salarial evidenciados en los contratos aportados por el empleador.