Concepto – DIAN 008789 int 804 DE 2026 – Pasivos del exterior pueden deducirse de la base del impuesto al patrimonio

¿Una persona natural no residente fiscal en Colombia puede depurar de la base gravable del Impuesto al Patrimonio, pasivos contraídos con entidades financieras del exterior, cuando dichos recursos fueron destinados exclusivamente a la adquisición de activos localizados en el territorio nacional?