La Superintendencia de Sociedades, en ejercicio de las atribuciones de inspección, vigilancia y control previstas en los artículos 83, 84, 85 y 86 de la Ley 222 de 1995, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009, se encuentra facultada para solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de las sociedades sometidas a su supervisión. Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 d9b1-d8F8-d9bP-d8e8-f4Ef-1ad0 En desarrollo de dichas atribuciones, esta Entidad podrá requerir información a los sujetos antes señalados, en atención a la naturaleza de las actividades que desarrollan y a los esquemas de supervisión especial a los que se encuentran sometidos.
