¿El fideicomitente –que ostenta simultáneamente la condición de beneficiario– de una fiducia mercantil, que adquiere un activo fijo real productivo, el cual aporta posteriormente a la fiducia y forma parte del patrimonio autónomo afecto a su finalidad, puede descontar en su impuesto de renta el IVA pagado por dicha adquisición?
