Concepto CTCP 0304-2025 – PPyE – Estimaciones contables y deterioro

Las vidas útiles, valores residuales y métodos de depreciación deben determinarse conforme a los criterios técnicos previstos en el DUR 2420 de 2015, en particular en la NIC 16 de las NIIF Plenas y la Sección 17 de la NIIF para las PYMES, teniendo en cuenta las condiciones y características específicas de los activos, sin basarse en parámetros fiscales. La medición inicial de los elementos de propiedades, planta y equipo se realiza al costo, y su medición posterior depende del modelo contable adoptado por la entidad. Cuando se utiliza el modelo del costo, los activos están sujetos a la evaluación de deterioro según la NIC 36 (NIIF Plenas) y la Sección 27 (NIIF para las PYMES). Finalmente, la llamada “depreciación diferida” pertenece exclusivamente al ámbito tributario; bajo NIIF únicamente procede el reconocimiento del impuesto diferido cuando existan diferencias temporarias.