Concepto – CTCP 2026- 0168 – Reconocimiento de pasivo por interes de mora – Sociedad bajo administracion de la SAE

El CTCP no es competente para interpretar las disposiciones tributarias ni las normas que regulan los procesos de extinción de dominio, ni para pronunciarse sobre los efectos jurídicos de dichos procesos o las actuaciones de las autoridades competentes. En consecuencia, las inquietudes relacionadas con esos asuntos deberán ser resueltas por las entidades competentes.

Desde el punto de vista técnico-contable, el reconocimiento de intereses asociados a obligaciones tributarias deberá efectuarse conforme al marco técnico normativo de información financiera aplicable a la entidad, cuando los efectos jurídicos correspondientes den lugar al reconocimiento de una obligación y se cumplan los criterios de reconocimiento previstos en dicho marco.