Concepto – DIAN 001219 int 0148 DE 2026 – La DIAN aclara que pasa con el NIT global en las escisiones

Si como consecuencia de una escisión parcial autorizada por la Superintendencia Financiera, se transfiere la totalidad de los negocios y productos fiduciarios administrados por las sociedades escindentes a una sociedad beneficiaría, para el cumplimiento de los deberes formales de los patrimonios autónomos, ¿es procedente que la sociedad beneficiarla los administre en adelante bajo el mismo NIT global asignado previamente a las sociedades escindentes?