En el escrito de la referencia se formulan inquietudes relacionadas con la aplicación del parágrafo 1 del artículo 38 del Estatuto Tributario frente a la deducción por intereses sobre préstamos para adquisición de vivienda prevista en el artículo 119 ibidem. En particular, se consulta si dicha deducción debe descontar del valor total de los rendimientos financieros percibidos antes de aplicar el porcentaje correspondiente al componente inflacionario; si esta deducción se encuentra comprendida dentro de la expresión “costos o deducciones por intereses y demás gastos financieros” prevista en el parágrafo 1 del artículo 38 del Estatuto Tributario; y si, para efectos del artículo 119 ibidem, debe aplicarse la reducción del componente inflacionario regulada en los artículos 81 y 81-1 del mismo Estatuto.
