En el radicado de la referencia, la peticionaria consulta: i (¿Está sujeto al impuesto de timbre un contrato interadministrativo suscrito entre una entidad estatal y un cabildo indígena?, y, ii) La exención al impuesto de timbre para entidades públicas que se
encuentra establecida en el artículo 532 del Estatuto Tributario, ¿es aplicable a los contratos suscritos con cabildos indígenas?
