Concepto – DIAN Comunicado – Sociedades acogidas al regimen ZESE debe reportar informacion de 2025 antes del 29 de marzo. INCP

De acuerdo con lo establecido en el artículo 1.4.5.2 de la Resolución 227 de 2025 (adicionado con la Resolución 234 de 2025), a partir de 2026, la información que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para el Régimen ZESE (ver artículo 1.2.1.23.2.7 del Decreto 1625 de 2016), deberá enviarse únicamente a través del Servicio Informático Régimen Zona Económica y Social Especial (SI ZESE) y no de forma física ni mediante correo electrónico, como se realizaba hasta el 2025.