Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN expidió la Resolución 000227 de 2025, Única en materia tributaria, aduanera y cambiaria, para compilar y racionalizar las normas que rigen el sector y contar con instrumentos jurídicos únicos vigentes en los términos del artículo 65 del CPACA. Que el artículo 218 de la Ley 1819 de 2016, modificó el artículo 167 de la Ley 1607 de 2012, sustituyendo el impuesto global a la gasolina y al ACPM al que se referían los artículos 58 y 59 de la Ley 223 de 1995, como también el IVA a los combustibles consagrado en el Título IV del Libro III del Estatuto Tributario y demás normas pertinentes, por el Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM.
