Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número de la referencia, donde se refiere al Decreto 854 del 3 de agosto de 2021, “Por el cual se señalan razones financieras o criterios para establecer deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia y se dictan otras disposiciones”, y con base en éste plantea las siguientes inquietudes:
