Concepto – DIAN 001553 int 196 DE 2026 – Impuesto sobre la renta y complementarios

Las indemnizaciones reconocidas a las víctimas del conflicto armado interno en virtud de graves violaciones a los derechos humanos o al derecho internacional humanitario, en el marco de la Ley 1448 de 2011, no constituyen ingreso gravable ni están sujetas a retención en la fuente, en tanto no persigue enriquecer a la víctima, sino restablecerla en sus derechos y mitigar el daño sufrido, procurando restituirla al estado anterior a la violación o, si ello no es posible, darle una compensación económica justa, adecuada y proporcional en cumplimiento de una obligación constitucional e internacional de reparación integral a cargo del Estado.