La instrucción séptima de la Circular Externa 013 de 2025, modificada por la Circular Externa 006 de 2026, establece que las entidades aseguradoras deben remitir a esta Superintendencia, a más tardar el 31 de agosto de 2026, un plan de implementación y ajuste para la adopción de la NIIF 17 y de los nuevos estándares técnicos aplicables al régimen prudencial de reservas técnicas. Dicho plan debe contemplar, entre otros aspectos, un análisis cuantitativo y cualitativo de los potenciales impactos estimados derivados de la implementación de la nueva normatividad.
