Concepto – DIAN 013005 int 1257 DE 2026 – Vigencia del certificado histórico en solicitudes de devolución

¿El término de expedición no mayor de un (1) mes previsto en el literal a) del artículo 1.6.1.21.13 del Decreto 1625 de 2016 para el certificado de existencia y representación legal resulta igualmente aplicable al certificado histórico que debe aportarse cuando el representante legal o el revisor fiscal que presenta la solicitud de devolución o compensación no coincide con quien suscribió las declaraciones objeto de dicha solicitud?