El 18 de enero de 2011, la demandante presentó su declaración del impuesto sobre las ventas (IVA) del sexto bimestre de 2010. Previa expedición del requerimiento especial y su respuesta, la DIAN expidió la liquidación oficial de revisión 052412013000120 del 17 de diciembre de 2013, que disminuyó a cero (0) el valor registrado en el renglón 65 de la declaración de IVA «Saldo a favor susceptible de ser solicitado en devolución», pero mantuvo el «Saldo a favor del periodo fiscal» registrado en el renglón 58. La actora interpuso recurso de reconsideración, el cual fue resuelto por la DIAN con la resolución 900.348 del 12 de noviembre de 2014, en el sentido de confirmar la liquidación oficial.
