De acuerdo con el Decreto Único Reglamentario (DUR) 2420 de 2015, Anexo 2 – NIIF
para PYMES, el reconocimiento contable de un elemento de propiedad, planta y equipo requiere que la entidad tenga control sobre el activo, que sea probable la obtención de beneficios económicos futuros derivados de su uso y que el activo pueda ser medido de forma fiable. La falta de certeza legal genera riesgo de representación inadecuada y podría originar un pasivo contingente por posibles reclamaciones del propietario legítimo. En todo caso, corresponde a la administración evaluar el nivel de riesgo, la probabilidad de pérdida del control y el registro contable de acuerdo a nivel de riesgo, atendiendo al principio de representación fiel y aplicando su juicio profesional.
