Concepto – PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA 1136 De 2025 – Procedimiento de insolvencia de la persona natural no comerciante

Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 189 de la Constitución Política
corresponde al Presidente de la República, como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno
y Suprema Autoridad Administrativa, promulgar las leyes, obedecerlas y velar por
su estricto cumplimiento.
Que el artículo 45 de la Ley 4 de 1913 dispone que «los yerros caligráficos o
tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y
deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda
en cuanto a la voluntad del legislador’.