Concepto N.º de Radicación CTCP 2025-0165 reconocimiento de ingresos.

El ingreso por venta de vehículos debe reconocerse cuando la entidad haya transferido el control del bien al cliente, lo cual, ocurre con la matrícula del vehículo y la inscripción de la titularidad a nombre del comprador. La emisión de la factura por sí sola no constituye evidencia suficiente de transferencia del control, si el vehículo sigue figurando legalmente a nombre del concesionario. Este tratamiento es consistente con la NIIF 15 (Grupo 1) / Sección 23 (Grupo 2), la legislación comercial colombiana, y los conceptos emitidos por el CTCP.