La expresión «última notificación efectuada» implica en garantía del derecho de defensa que del análisis de todas las notificaciones realizadas a los sujetos ordenadas en el acto administrativo objeto de recurso, se verifique cuál fue la última que efectivamente se consolidó, verificando el cumplimiento de las diversas condiciones que implican las formas de notificación utilizadas, independientemente del orden cronológico en que estas se hayan remitido.
