PH – Activación bienes comunes no esenciales desafectados

Para el reconocimiento contable de propiedades, planta y equipo en una propiedad
horizontal, procede únicamente respecto de los bienes que cumplan con la condición de ser bienes comunes no esenciales desafectados, de conformidad con lo previsto en la Ley 675 de 2001 y aplicando las directrices contables del marco de información
financiera que corresponda a la copropiedad, según lo incorporado en los anexos del
DUR 2420 de 2015.