El 12 de abril de 2016, la Corporación para el Desarrollo de la Seguridad Social, CODESS, presentó la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2015,
como contribuyente del régimen tributario especial en la que registró como renta
exenta la renta líquida del ejercicio, la declaración no arrojó saldo a pagar2. Previa emisión del requerimiento especial3 y su correspondiente respuesta, la DIAN
emitió la liquidación oficial de revisión nro. 322412018000252 del 10 de octubre de
20184 en la cual propuso reclasificar parte de la renta exenta a renta líquida
gravable, debido a que CODESS no realizó la inversión del beneficio neto o
excedente, liquidó impuesto sobre la renta gravable, impuso sanción por inexactitud
equivalente al 100% del impuesto liquidado y determinó un saldo a cargo de la actora.
